Revés judicial para el Gobierno: la Justicia declaró inconstitucional el decreto que frenaba la Ley de Financiamiento Universitario
El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11 invalidó el Decreto 759/2025 al considerar que el Poder Ejecutivo desnaturalizó una norma sancionada por el Congreso. Ordenan recomponer partidas docentes y de funcionamiento mientras la Procuración del Tesoro prepara una apelación con efecto suspensivo.
Ficha Técnica
La pulseada política y presupuestaria en torno al sistema universitario nacional sumó este miércoles un capítulo de alto impacto institucional. En una resolución de 34 páginas firmada a primera hora, el titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11, Martín Cormick, declaró la inconstitucionalidad del Decreto 759/2025, el instrumento legal mediante el cual el Poder Ejecutivo nacional había condicionado la ejecución de la Ley 27.795 de Financiamiento Universitario a la votación de partidas específicas por parte del Congreso. Con esta decisión, el magistrado acogió el amparo colectivo impulsado por federaciones docentes y autoridades académicas, ordenando al Ministerio de Capital Humano y a la Secretaría de Hacienda recomponer de forma inmediata los créditos asignados a gastos de funcionamiento y salarios.
El pronunciamiento judicial golpea de lleno la estrategia del Palacio de Hacienda, que buscaba congelar los incrementos salariales para preservar el sendero de superávit primario proyectado en el Presupuesto 2027. La sentencia recalca que la potestad reglamentaria del presidente de la Nación no puede operar como un mecanismo de veto encubierto ni suspender por vía administrativa la vigencia material de normas sancionadas por el Congreso de la Nación tras un debate parlamentario completo.
Los fundamentos del Juzgado N° 11 y el límite al poder reglamentario
En el tramo central de su argumentación jurídica, el juez Cormick subrayó que el Poder Ejecutivo incurrió en una manifiesta extralimitación de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 2, de la Constitución Nacional. Dicho artículo autoriza la reglamentación de las leyes para facilitar su ejecución, pero prohíbe de manera terminante alterar su espíritu con excepciones reglamentarias que vacíen su mandato sustantivo. Según el magistrado, condicionar el desembolso de fondos ya asignados por ley a una instancia parlamentaria futura e indeterminada equivale a neutralizar la voluntad del Poder Legislativo.
El fallo precisa que la Ley 27.795 contiene pautas operativas claras e inequívocas: fijó un esquema de actualización bimestral por inflación para los gastos de funcionamiento de las 61 casas de altos estudios y estableció una cláusula de convergencia salarial retroactiva para equiparar las remuneraciones de docentes y no docentes con la variación acumulada del Índice de Precios al Consumidor. Suspender estas obligaciones por decreto constituye, según la resolución, un acto nulo de nulidad absoluta e insanable que vulnera el principio republicano de división de poderes.
“La reglamentación administrativa no puede transformarse en un mecanismo derogatorio indirecto. El deber constitucional del Poder Ejecutivo es ejecutar las leyes sancionadas, no subordinar su vigencia a conveniencias presupuestarias unilaterales.”
— Dr. Martín Cormick, titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11El impacto en las cuentas públicas: qué calculó la Oficina de Presupuesto
La dimensión fiscal de la sentencia judicial adquirió de inmediato protagonismo en los despachos oficiales. De acuerdo con el último informe técnico elaborado por la Oficina de Presupuesto del Congreso (OPC), la plena aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario implica un costo fiscal estimado en 0,23% del Producto Bruto Interno, lo que representa aproximadamente 1,38 billones de pesos a lo largo del año. De ese total, cerca del 72% corresponde a la recomposición del salario de más de 190.000 profesores y auxiliares, mientras que el 28% restante financia partidas operativas de laboratorios, facultades e institutos de investigación.
Para el equipo económico, la erogación compromete las metas de disciplina fiscal pactadas para el cierre del ejercicio. Desde el Ministerio de Economía argumentaron que la ley aprobada por el Parlamento carece de una fuente de financiamiento genuina y advirtieron que transferir los montos exigidos forzaría una reasignación compulsiva de partidas destinadas a obra pública básica o subsidios de transporte, o bien un replanteo integral del programa de contención del gasto público.
La estrategia de la Procuración del Tesoro y la disputa por el efecto suspensivo
Frente al dictamen adverso, la Casa Rosada instruyó formalmente a la Procuración del Tesoro de la Nación a interponer un recurso de apelación ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal. La presentación del cuerpo de abogados estatales se fundamenta en el artículo 15 de la Ley de Amparos (Ley 16.986), planteando que la apelación debe concederse con efecto suspensivo directo. De admitirse este criterio, el Estado Nacional quedaría eximido de transferir las partidas presupuestarias mientras el tribunal de alzada analiza la cuestión de fondo.
No obstante, los representantes legales del Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y de las federaciones gremiales anunciaron que solicitarán la ejecución provisional de la sentencia o una medida cautelar innovativa intermedia. Sostienen que la demora procesal provocaría un daño patrimonial irreparable a las universidades y a su plantel docente, teniendo en cuenta la pérdida de poder adquisitivo acumulada y la proximidad de los cierres de cursada del segundo semestre.
El escenario parlamentario y la cuenta regresiva hacia la marcha del 15 de octubre
El revés en los tribunales generó inmediatas ondas expansivas en el Congreso. En la Cámara de Diputados, los bloques de la oposición dialoguista mantuvieron reuniones reservadas con autoridades rectorales y adelantaron que utilizarán el fallo como herramienta de presión política. Su objetivo es condicionar la firma del dictamen de mayoría del proyecto de Presupuesto 2027 a la incorporación explícita de un piso irreductible de financiamiento para el sistema universitario.
Al mismo tiempo, la comunidad académica ratificó la realización de la Marcha Federal Universitaria convocada para el jueves 15 de octubre. Dirigentes estudiantiles y rectores señalaron que la manifestación mantendrá su agenda de reclamos para asegurar que el Congreso ratifique en el presupuesto del próximo año las partidas que la Justicia acaba de convalidar. En un escenario de creciente tensión política, el frente judicial se consolida como el principal condicionante del equilibrio institucional para el cierre del año.