01/11/2026 Sociedad
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La Rioja reclama fondos por los presos federales: la norma fija $2.000 diarios desde 2024

La directora del Servicio Penitenciario de La Rioja, Analía Tello, afirmó que la Nación lleva casi dos años sin transferir los fondos por el alojamiento de detenidos federales en cárceles provinciales. El reclamo adquiere una dimensión concreta al contrastarlo con la Resolución 610/2024 del Ministerio de Seguridad: el Estado nacional fijó en $2.000 por persona y por día el monto a reconocer desde el 1 de enero de 2024. La Provincia aún no difundió una liquidación pública del total que reclama.

Por Valentina Ríos 6 min de lectura
552
Personas alojadas
287 plazas
Capacidad operativa informada
cerca de 100
Internos federales estimados
Senado
Próxima instancia
Sector de alojamiento de una unidad penitenciaria provincial, con camas y pasillo vacíos

Imagen ilustrativa de un corredor genérico; no corresponde a una unidad penitenciaria identificable.

Perfil de la noticia

JurisdicciónLa Rioja
OrganismoServicio Penitenciario Provincial
Funcionaria que formuló el reclamoAnalía Tello, directora del SPP

El reclamo en una cárcel provincial sobreocupada

Tello sostuvo que el Servicio Penitenciario Provincial sostiene con recursos riojanos los gastos de las personas alojadas por causas federales. En una entrevista publicada por Medios Rioja el 5 de octubre, describió un sistema con 552 internos y una capacidad operativa de 287 plazas. De ese total, calculó que casi 100 dependían de la Justicia Federal; en otros períodos, señaló, eran entre 20 y 30.

La cifra de detenidos federales fue reiterada por la funcionaria en declaraciones recogidas por Radio y Televisión Riojana el 7 de octubre y por Fénix Multiplataforma el 30 de octubre. Esas publicaciones dan cuenta de entrevistas con la misma directora, no de un padrón penitenciario auditado de forma independiente. Por eso, los cerca de 100 casos describen la estimación oficial difundida por Tello y no un recuento público de la cantidad promedio alojada durante todo el período reclamado.

Qué monto reconoce la norma nacional

La Resolución 610/2024 del Ministerio de Seguridad estableció un monto único de $2.000 diarios por interno para el alojamiento y la atención integral recíproca de personas de una jurisdicción alojadas en establecimientos penitenciarios de otra. La norma dispuso que rigiera desde el 1 de enero de 2024. En sus fundamentos también reconoció que el valor anterior, de $375 fijado en 2016, estaba significativamente retrasado.

La tarifa es el importe nacional reconocido por día y por persona dentro del régimen citado en la resolución; no equivale a una auditoría del costo real de cada plaza riojana. Tampoco informa cuántos días fueron facturados, qué expedientes se tramitaron o si se acreditaron pagos parciales. El precio regulado permite conocer la base administrativa del reclamo, pero no basta para calcular un saldo provincial.

Tello afirmó ante Fénix que el valor aplicable era de $2.000 por detenido y por día y que, según su planteo, no había transferencias efectivas desde hacía casi dos años. En otra entrevista, difundida por Radio y Televisión Riojana a comienzos de octubre, habló de más de un año y medio sin cobros. La variación entre ambas descripciones exige conservar la atribución y la fecha de cada declaración: no hay en esos reportes una fecha de corte contable que permita fijar con exactitud el inicio del atraso.

El marco legal prevé el alojamiento entre jurisdicciones

La Ley 24.660 de Ejecución de la Pena contempla acuerdos entre Nación y provincias para integrar el sistema penitenciario. Su artículo 214 establece que, cuando el Gobierno nacional no disponga de servicios propios, debe convenir con las provincias el alojamiento en cárceles provinciales de procesados a disposición de juzgados federales. El artículo siguiente establece el carácter oneroso de las transferencias previstas en el artículo 212; el mecanismo y el importe diario vigente, en este caso, se encuentran especificados por la normativa administrativa citada.

La resolución de 2024 remite al modelo de convenio aprobado por la Resolución 1074/2013, relativo a prestaciones recíprocas de alojamiento de internos de distinta jurisdicción. Ese marco ayuda a separar dos asuntos: la existencia de un valor nacional reconocido y el estado efectivo de las cuentas entre las administraciones. El primero surge de una norma publicada; el segundo requiere documentación de ejecución y pago que las entrevistas consultadas no adjuntan.

El tema también tiene un antecedente institucional en La Rioja: la Ley provincial V-1124 aprobó un convenio penitenciario entre la Provincia y la Nación firmado en 1977. Ese acuerdo organizaba un establecimiento federal específico y repartía obligaciones operativas de su época. No debe confundirse con las reglas actuales ni tomarse, sin verificar su vigencia y alcance, como prueba del convenio aplicado a cada detenido alojado hoy en una unidad provincial.

La Provincia dice que absorbe gastos de atención

La directora enumeró alojamiento, comida, medicamentos, ropa de cama y traslados por motivos judiciales o sanitarios entre las prestaciones que debe cubrir el servicio. Según su planteo, el gasto compite con necesidades de la población bajo jurisdicción provincial. También sostuvo que la situación fue expuesta ante la Justicia Federal para que intercediera ante organismos nacionales. Las publicaciones revisadas no incluyen una presentación judicial, una respuesta del Ministerio de Seguridad ni una liquidación oficial de la deuda; esos elementos no pueden darse por comprobados a partir de las entrevistas.

La presión presupuestaria se suma a la ocupación por encima de la capacidad que informó Tello: 552 personas frente a 287 plazas operativas. Esa comparación es útil para entender el contexto de recursos, pero no demuestra que los detenidos federales sean la causa de la sobreocupación ni permite medir qué porción del gasto corresponde a cada jurisdicción. Para esa conclusión se necesitarían series de ocupación por unidad, costos de atención y registros de derivaciones.

El reclamo plantea así una diferencia entre el monto regulado y la falta de pagos que denuncia la Provincia. No hay base suficiente para multiplicar la tarifa por los cerca de 100 internos mencionados y presentar el resultado como deuda: el número es una estimación puntual, la ocupación cambia y no está publicada la cantidad de días ni el historial de pagos. Una cuenta ilustrativa solo tendría sentido si se separara con claridad de una obligación liquidada.

La información pública disponible permite establecer que existe una tarifa nacional desde 2024 y que la directora del SPP denunció demoras en las transferencias. El próximo dato decisivo sería la documentación que detalle los períodos facturados, el padrón diario de personas alojadas, las prestaciones incluidas y las respuestas administrativas de ambas partes. Sin esa apertura, no es posible verificar el monto final que reclama La Rioja ni el estado de cada pago.

Qué se sabe del reclamo

El atraso de pagos es un reclamo atribuido a la directora del Servicio Penitenciario Provincial. La resolución nacional establece una tarifa diaria, pero no permite calcular por sí sola la deuda: se necesitan el detalle de días, cantidad efectiva de detenidos, liquidaciones y pagos acreditados.

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