15/10/2026 Política
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JetSMART Chile obtiene permiso para cabotaje: qué habilita la novena libertad y qué falta para volar

El Gobierno nacional autorizó a JetSMART Airlines S.p.A., la matriz chilena del grupo, a prestar servicios internos e internacionales con derechos de tráfico hasta novena libertad. La medida publicada el 14 de octubre permite cabotaje autónomo en Argentina, pero no equivale al lanzamiento inmediato de nuevas rutas. La diferencia entre permiso, programación y operación efectiva define el alcance de este cambio regulatorio.

Por Marcos Correas 6 min de lectura
27/2026
Disposición nacional
9.ª
Libertad del aire
14/10
Publicación oficial
Chile
Bandera del operador
Ilustración editorial de un avión de pasajeros sin marcas en una plataforma aeroportuaria

Ilustración editorial generada; no documenta una aeronave de JetSMART ni el inicio de una ruta.

Perfil de la noticia

Empresa autorizadaJetSMART Airlines S.p.A., Chile
AutoridadSubsecretaría de Transporte Aéreo
AlcanceServicios internos e internacionales

La empresa chilena recibe una habilitación distinta de la filial local

La nueva autorización para JetSMART alcanza a una persona jurídica precisa: JetSMART Airlines S.p.A., de bandera chilena. Ese detalle es central porque el grupo ya tiene una filial que opera en Argentina. La disposición nacional amplía los derechos de la empresa de Chile y no debe leerse como si toda la operación doméstica del grupo comenzara ahora. El cambio está en quién puede prestar servicios y con qué alcance territorial.

La Disposición 27/2026 de la Subsecretaría de Transporte Aéreo fue firmada el 7 de octubre y publicada en el Boletín Oficial el 14. Autoriza servicios regulares de transporte interno e internacional, combinando pasajeros y cargas, con derechos de tercera a novena libertad. La publicación vuelve verificable el permiso administrativo. No establece por sí misma un primer vuelo, una frecuencia concreta o un calendario comercial que los pasajeros puedan contratar de inmediato.

Aviacionline distinguió expresamente a la matriz chilena de JetSMART Airlines S.A., la filial argentina con certificado propio y flota local. La diferencia evita confundir dos decisiones: ampliar posibilidades para un operador extranjero y aumentar capacidad de una empresa radicada en el país. Ambas pueden formar parte de la estrategia del mismo grupo, pero sus autorizaciones y la identificación del transportador no son intercambiables para describir qué ocurrió.

La novena libertad separa el cabotaje del viaje internacional

La Nación explicó que la novena libertad permite a una aerolínea transportar pasajeros entre dos puntos de otro país sin que el servicio deba comenzar o terminar en su territorio de origen. En este caso, abre la posibilidad de vuelos internos argentinos realizados por la empresa chilena. No es lo mismo que vender un tramo doméstico como continuación de un vuelo internacional: el derecho otorgado admite una operación autónoma.

La norma incorpora distintos derechos de tráfico y utiliza una formulación amplia de puntos anteriores, intermedios, argentinos y posteriores. Ese alcance permite considerar redes diferentes sin que el texto equivalga a un anuncio de cada conexión posible. La decisión política amplía el marco disponible; la selección de destinos pertenece a otra instancia. Para una ciudad interesada en recibir vuelos, el permiso representa una posibilidad de oferta, no una frecuencia ya asegurada.

El cambio se inscribe en la política de apertura aerocomercial. El portal cubrió el debate sobre Aerolíneas Argentinas, que aborda otra dimensión del sector: la organización de una compañía estatal. La autorización a JetSMART Chile no resuelve ese proyecto ni depende de presentarlo como aprobado. Son instrumentos distintos dentro de la discusión sobre operadores, competencia y conectividad, con procedimientos y consecuencias propios.

Las conexiones anunciadas hacia Brasil no son cabotaje puro

La Nación recogió la previsión de sumar vuelos entre Santiago de Chile y Río de Janeiro o Florianópolis con escala en Aeroparque. Se trata de conexiones internacionales con paso por Buenos Aires, no de un anuncio equivalente a dos ciudades argentinas enlazadas sin tramo exterior. La distinción ayuda a leer la noticia: una misma autorización puede ampliar posibilidades domésticas y regionales, pero los servicios anunciados deben describirse con su recorrido concreto.

Noticias Argentinas vinculó la medida con la posibilidad de conectar destinos internacionales a través de Buenos Aires o de ciudades del interior. Esa flexibilidad importa para diseñar una red, aunque no convierte todos los aeropuertos en escalas confirmadas. El alcance de un derecho no determina automáticamente dónde habrá demanda suficiente, aviones disponibles o una programación comercial. Esos elementos deberán reflejarse en las rutas que la compañía efectivamente decida ofrecer.

La infraestructura también forma parte de esa discusión. La ampliación de la terminal de Ezeiza trata capacidad aeroportuaria, mientras este permiso se refiere a derechos del transportador. Una terminal y una autorización cumplen funciones complementarias, pero ninguna reemplaza a la otra. Mejorar conexiones requiere que la oferta comercial encuentre condiciones operativas para funcionar, sin confundir un proyecto de infraestructura con la apertura efectiva de una ruta.

El efecto sobre competencia se comprobará en vuelos disponibles

El Boletín Oficial señala que la empresa acreditó los requisitos legales y administrativos y que la Dirección Nacional de Transporte Aéreo de la ANAC se pronunció favorablemente. El marco bilateral citado incluye el memorando entre Argentina y Chile del 23 de abril de 2024. Esos antecedentes explican la base administrativa de la decisión. El permiso publicado es un hecho confirmado; el crecimiento futuro de servicios sigue dependiendo de decisiones y condiciones posteriores.

Aviacionline advirtió que cualquier nuevo servicio requiere programación, certificaciones técnicas de la ANAC y decisiones comerciales. Por eso no corresponde deducir de la autorización una incorporación inmediata de vuelos domésticos puros. Para el pasajero, la novedad se vuelve concreta cuando existen destinos, horarios y condiciones de venta identificables. Para el mercado, la competencia deberá observarse en oferta efectiva y continuidad, no solamente en la cantidad de derechos disponibles sobre el papel.

La medida amplía el margen regulatorio de JetSMART Chile dentro de Argentina y en conexiones regionales. Esa es su consecuencia inmediata. Una mayor conectividad o menores tarifas son resultados posibles, no cifras demostradas por el permiso. El seguimiento útil pasa por las programaciones que se anuncien y los vuelos que comiencen a operar. Hasta entonces, el cambio debe describirse por su alcance real: una habilitación amplia que todavía necesita traducirse en servicios.

Permiso y servicio

La autorización define qué puede hacer el operador; una programación establece dónde y cuándo pretende volar; la operación efectiva muestra qué servicios llegan al pasajero. La ampliación de derechos abre posibilidades para la empresa chilena, pero una mejora de conectividad o una baja de precios deberá comprobarse en la oferta real, no darse por hecha.

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